Dejar una empresa sin actividad no implica poder olvidarse de realizar tramites con la administración, y dejar de realizarlos supondrá sanciones y requerimientos. La Agencia Tributaria y la Seguridad Social seguirán solicitando que sigas informando de algunos aspectos de la sociedad. Dejar una empresa sin actividad y disolverla del todo son dos cosas diferentes. Hasta que no se liquida la empresa seguirán existiendo una serie de obligaciones. Liquidar una sociedad no suele ser un proceso excesivamente complejo, sobre todo, si no existen deudas y acreedores. En ese caso, sí que habría que solicitar un concurso de acreedores y seguir el proceso normal. A saber: pre concurso, fase común, etapa de liquidación y declaración de responsabilidad del administrador. Pero para el resto de los casos, el proceso es bastante sencillo. En ocasiones, por desconocimiento o por no tener clara la viabilidad de la empresa muchos socios optan por no liquidar la empresa y dejar la empresa inactiva. En el co
Es importante tener en cuenta que la provisión de fondos no es lo mismo que un anticipo o un gasto suplido, aunque puedan tener algunas similitudes. Son conceptos distintos diferentes que tienen un tratamiento fiscal y contable diferente. La provisión de fondos asegura que los recursos necesarios para cubrir los gastos futuros de una operación concreta de algún profesional o agente, mientras que un anticipo es un pago adelantado por el servicio que se recibirá posteriormente. Tambien hay que especificar que el suplido es aquel en el que el profesional realiza el desembolso por cuenta del cliente y luego lo incluye en su factura. Diferencia entre provisión de fondos y pago a cuenta Si bien ambos tratan de adelantar dinero, son conceptos completamente diferentes, la definición podría ser la siguiente: Pago a cuenta o anticipo: A diferencia de la provisión de fondos, este pago parcial se realiza antes de iniciar los servicios, cubriendo una parte del total de honorarios que se irán gener