- Para el vendedor: la factura se emite con las siguientes especialidades con respecto a las habituales:
a) Emisión de la factura sin IVA
b) habrá que detallar en la factura que esta operación está afecta a la inversión del sujeto pasivo con el siguiente texto: "Operación con Inversión del Sujeto Pasivo de acuerdo al artículo 84.uno.2º de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido."
c) declarar las operaciones en los modelo 303 (casilla 61) y el resumen anual del 390
- Para el comprador: la factura se recibe sin IVA y hay que autorepercutirlo e incluir en los modelos 303 y 390 los importes la IVA devengado e IVA deducible, normalmente por el mismo importe. En el IVA devengado existe una casilla específica, en el deducible no aparece separado y se declara con el resto de cuotas soportadas
Como siempre para aclarar estas y más dudas o tratar en profundidad este tema no dude en ponerse en contacto con nosotros
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