¿Qué es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD)?
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo que grava la transmisión de bienes y derechos cuando una persona fallece (sucesión) o cuando se recibe un bien como donación en vida (donación).
Este impuesto es de competencia autonómica, lo que significa que cada comunidad autónoma establece reducciones, bonificaciones y exenciones que pueden afectar considerablemente la cantidad a pagar.
En Murcia, existen beneficios fiscales específicos que pueden reducir significativamente la carga impositiva para los herederos y donatarios.
🔹 ¿Quién está obligado a presentar el Impuesto de Sucesiones?
El ISD debe presentarlo cualquier persona que reciba una herencia o una donación. Existen tres casos principales:
✔ Heredero o legatario: Si una persona recibe bienes de un fallecido.
✔ Donatario: Si recibe una donación en vida.
✔ Beneficiario de un seguro de vida: Si recibe un seguro contratado por el fallecido.
📌 Ejemplo práctico:
Si una persona fallece en Murcia dejando una casa valorada en 200.000€ a su hijo, este debe presentar el modelo 650 en la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.
🔹 Plazos para presentar el Impuesto de Sucesiones
📌 Herencias: Se debe presentar en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento.
📌 Prórroga: Se puede solicitar una extensión de otros 6 meses, pero solo si se pide dentro de los primeros 5 meses.
📌 Donaciones: Se presenta en 30 días hábiles desde la firma ante notario.
🚨 Consecuencia de no presentar el impuesto a tiempo:
Si no se presenta dentro del plazo, se aplican recargos e intereses de demora. En casos graves, Hacienda puede imponer multas adicionales.
📌 Ejemplo:
Si un heredero en Murcia no presenta el ISD a tiempo y debía pagar 10.000€, con recargos e intereses podría terminar pagando hasta 12.000€.
🔹 Bonificaciones y reducciones en Murcia
En Murcia, los herederos pueden beneficiarse de importantes reducciones dependiendo de su parentesco con el fallecido.
1️⃣ Bonificaciones en la cuota del impuesto
✔ 99% de bonificación para hijos, nietos, padres y cónyuges (Grupo I y II).
✔ 99% de bonificación para hermanos, tíos, sobrinos, suegros, cuñados y yernos (Grupo III).
2️⃣ Deducciones y exenciones adicionales
✔ Exención de hasta 100.000€ para hijos menores de 21 años.
✔ Deducción por discapacidad: Hasta 275.000€ si el heredero tiene un grado superior al 65%.
✔ Exención en seguros de vida: Hasta 9.195,49€ si el beneficiario es cónyuge, hijo o padre del fallecido.
📌 Ejemplo práctico:
Un hijo mayor de 21 años que hereda 120.000€ solo pagará impuestos sobre 1.200€, ya que se aplica la reducción del 99% sobre la cuota tributaria.
🔹 ¿Cómo presentar el Impuesto de Sucesiones en Murcia?
📌 1️⃣ Rellenar el modelo 650 o 651 (según sea herencia o donación).
📌 2️⃣ Reunir la documentación necesaria:
✔ DNI del fallecido y herederos.
✔ Certificado de defunción y últimas voluntades.
✔ Escrituras o documentos que acrediten los bienes heredados.
✔ Justificante de pago del impuesto.
📌 3️⃣ Presentación telemática o presencial:
✔ Presencial: En las oficinas de la Agencia Tributaria de Murcia.
✔ Online: A través de la Sede Electrónica de la CARM.
📌 4️⃣ Pago del impuesto:
✔ Domiciliación bancaria.
✔ Pago en entidades colaboradoras.
🚨 Importante: Si hay bienes inmuebles en la herencia, es obligatorio inscribirlos en el Registro de la Propiedad tras pagar el impuesto.
🔹 Consecuencias de no pagar el Impuesto de Sucesiones
Si un heredero no paga el ISD, puede enfrentar las siguientes sanciones:
❌ Recargos e intereses de demora por cada mes de retraso.
❌ Multas de hasta el 50% de la cuota si hay ocultación de datos.
❌ Embargo de bienes heredados si no se regulariza la situación.
📌 Ejemplo real:
Un heredero en Murcia no declaró el ISD de una vivienda valorada en 150.000€. Cuando Hacienda detectó el impago, impuso un recargo del 15% más intereses, aumentando la deuda en 4.500€ adicionales.
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